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Artículo 2° del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 20.254, que crea el instituto nacional de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1178929 / 10350804.

Texto oficial

Ley N° 20.254 Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Propiedad Art. 2 Industrial es un organismo de carácter técnico y jurídico D.O. 14.04.2008 encargado de la administración y atención de los servicios de la propiedad industrial, conforme a lo dispuesto en las leyes sobre la materia. Le corresponderá, asimismo, promover la protección que brinda la propiedad industrial y difundir el acervo tecnológico y la información de que disponga.