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Artículo 9° del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 20.254, que crea el instituto nacional de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1178929 / 10350813.

Texto oficial

Ley N° 20.254 Artículo 9º.- El Director del Instituto y su Art. 9 personal, cualquiera sea su calidad jurídica, cometerán D.O. 14.04.2008 delito de prevaricación sujeto a las penas que en cada caso se indican, cuando incurran en alguna de las conductas establecidas en el número 2 del artículo 223 y en el número 6 del artículo 224 del Código Penal, en los procedimientos contenciosos sometidos a su conocimiento o en que tomen parte. En cuanto les sean aplicables, los peritos estarán Ley N° 20.254 sujetos a las mismas normas, respecto de las solicitudes de Art. 9 derechos de propiedad industrial que deban informar en D.O. 14.04.2008 procedimientos contenciosos o no contenciosos, como, asimismo, a las causales de implicancia o recusación establecidas en los artículos 195 y 196 del Código Orgánico de Tribunales.