Saltar al contenido

Artículo 8° del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 20.254, que crea el instituto nacional de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1178929 / 10350812.

Texto oficial

Ley N° 20.254 Artículo 8°.- Los funcionarios del Instituto podrán Art. 8 afiliarse al Servicio de Bienestar del Ministerio de D.O. 14.04.2008 Economía, Fomento y Turismo. Asimismo, los funcionarios que en virtud de la disposición SEGUNDA transitoria de esta ley sean traspasados desde la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción podrán continuar afiliados al Ley N° 20.423 servicio de bienestar de su institución de origen. Art. 54 D.O. 12.02.2010