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Artículo primero del Decreto 62

Aprueba reglamento del registro nacional de deudores de pensiones de alimentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179287 / 10352393.

Texto oficial

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Reglamento del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.