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Artículo 19 bis E del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356512.

Texto oficial

Artículo 19 bis E.- El derecho que confiere el registro Ley N° 19.996 de la marca no faculta a su titular para prohibir a terceros Artículo único N° el uso de la misma respecto de los productos legítimamente 25 comercializados en cualquier país con esa marca por dicho D.O. 11.03.2005 titular o con su consentimiento expreso. Los derechos conferidos a los titulares de marcas Ley N° 21.355 registradas no impedirán de modo alguno el ejercicio del Art. 1 N° 11 derecho de cualquier persona a usar, en el curso de D.O. 05.07.2021 operaciones comerciales, su nombre o seudónimo o el nombre de su antecesor en la actividad comercial, excepto cuando ese nombre se use de manera que induzca a error o confusión al público consumidor. Del mismo modo, los titulares de marcas registradas que Ley N° 21.355 incorporen términos geográficos o indicaciones relativas Art. 1 N° 11 al género, naturaleza, variedad, origen, nacionalidad, D.O. 05.07.2021 procedencia, destinación, peso, valor, calidad, características u otros términos descriptivos de productos o servicios, no podrán impedir la utilización de dichos términos o indicaciones cuando se utilicen precisamente para identificar o informar el origen geográfico, el género, naturaleza, variedad, origen, nacionalidad, procedencia, destinación, peso, valor, calidad u otra característica descriptiva para un producto o servicio, excepto cuando induzca a error o confusión al público consumidor.