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Artículo 34 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356541.

Texto oficial

Artículo 34.- En caso que una patente haya sido Ley N° 19.039 solicitada previamente en el extranjero, el interesado Artículo 34 tendrá prioridad por el plazo de un año, contado desde la D.O. 25.01.1991 fecha de su presentación en el país de origen, para presentar la solicitud en Chile. El solicitante podrá requerir la restauración del Ley N° 21.355 derecho de prioridad dentro de los dos meses siguientes a la Art. 1 N° 24 fecha de vencimiento del plazo de prioridad. D.O. 05.07.2021 La prioridad podrá acreditarse de acuerdo a los medios Ley N° 21.355 y modalidades establecidas en el reglamento. Art. 1 N° 24 D.O. 05.07.2021