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Artículo 46 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356554.

Texto oficial

Artículo 46.- Los peticionarios de patentes ya Ley N° 19.039 solicitadas en el extranjero deberán presentar el resultado Artículo 46 de la búsqueda y examen practicado por la oficina D.O. 25.01.1991 extranjera, en el caso en que se hubieren evacuado, hayan o no devenido en la concesión de la patente.