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Artículo 110 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356652.

Texto oficial

Artículo 110.- El juez de la causa estará facultado Ley N° 19.996 para ordenar, en la sentencia, que el infractor proporcione Artículo único N° las informaciones que posea sobre las personas que hubiesen 74 participado en la producción o elaboración de los D.O. 11.03.2005 productos o procedimientos materia de la infracción, y respecto de los circuitos de distribución de estos productos.