Texto oficial
Artículo 117.- Las solicitudes de patentes de Ley N° 20.569
invención o de modelos de utilidad deberán presentarse en Artículo único N°
Chile, en fase nacional, conforme al Tratado de Cooperación 5
en Materia de Patentes, antes del vencimiento del plazo de D.O. 06.02.2012
treinta meses contado desde la fecha de prioridad. Si la
solicitud internacional no reivindica ninguna prioridad, se
podrá presentar ante el Instituto hasta antes del
vencimiento del plazo de treinta meses contado desde la
fecha de presentación internacional.
Encontrándose vencido el plazo de treinta meses Ley N° 20.569
establecido en el inciso anterior, el solicitante podrá Artículo único N°
pedir el restablecimiento de derechos ante el Instituto. La 5
petición deberá realizarse en conjunto con la D.O. 06.02.2012
presentación de la solicitud, acreditando el pago de la
tasa respectiva; expresando las razones del incumplimiento
del plazo, y aportando las pruebas correspondientes.