Texto oficial
Artículo 119.- Será aplicable a las solicitudes de Ley N° 20.569
patentes de invención o de modelos de utilidad que se Artículo único N°
presenten en Chile, en fase nacional, conforme al Tratado de 5
Cooperación en Materia de Patentes, lo dispuesto en el D.O. 06.02.2012
artículo 4º, pudiendo cualquier interesado formular
oposición a dichas solicitudes dentro del plazo dispuesto
en el inciso segundo del artículo 5º.