Texto oficial
Art. 1.o El decreto número 1,055, de 6 de mayo último, que refundió la lei número 3,087, sobre alcoholes, vinos, licores y cervezas, se aplicará en las provincias de Antofagasta y Tarapacá, con las siguientes modificaciones:
Decreto Ley 550
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179757 / 10383998.