Texto oficial
Artículo 1.o Compleméntese el decreto-lei número 683, de 17 de octubre último, con la construcción de obras necesarias para efectuar los embalses del rio Huasco, rio Petorca y Laguna del Pelado, rio Choapa y Aconcagua.
Fíjase el valor de las referidas obras en las siguientes cantidades:
1.o Embalse del Huasco, dos millones de pesos ($ 2.000,000);
2.o Embalse del Aconcagua, dos millones de pesos ($ 2.000,000);
3.o y 4.o Embalse del Petorca y Laguna del Pelado, cuatro millones de pesos ($ 4.000,000); y Tranque del Puente Negro en el rio Huapa, cuatro millones de pesos ($ 4.000,000).
Estas obras se ejecutarán en el órden en que se enumeran.