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Artículo 1 del Decreto Ley 683

Decreto Ley 683

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1180764 / 10372043.

Texto oficial

Artículo 1.o Compleméntese el decreto-lei número 683, de 17 de octubre último, con la construcción de obras necesarias para efectuar los embalses del rio Huasco, rio Petorca y Laguna del Pelado, rio Choapa y Aconcagua. Fíjase el valor de las referidas obras en las siguientes cantidades: 1.o Embalse del Huasco, dos millones de pesos ($ 2.000,000); 2.o Embalse del Aconcagua, dos millones de pesos ($ 2.000,000); 3.o y 4.o Embalse del Petorca y Laguna del Pelado, cuatro millones de pesos ($ 4.000,000); y Tranque del Puente Negro en el rio Huapa, cuatro millones de pesos ($ 4.000,000). Estas obras se ejecutarán en el órden en que se enumeran.