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Artículo 1 de la Ley 21.487

Modifica la ley n° 21.239, para prorrogar nuevamente el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1180783 / 10361799.

Texto oficial

"Artículo 1.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el artículo único de la ley N° 21.239, que prorroga el mandato de los directores u órganos de administración y dirección de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19: 1. Sustitúyese en el inciso tercero la palabra "nueve" por "quince". 2. Agrégase el siguiente inciso final: "Dicha prórroga no será aplicable a las directivas, organismos colegiados intermedios y administrativos regulados por la ley N° 18.603, orgánica constitucional de los Partidos Políticos cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 4, de 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.".