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Artículo 3° de la Ley S/N

Municipalidades de freirina i vallenar.- se les concede el dominio de ciertos terrenos, autorizándolas para que los enajenen.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1180856 / 10362287.

Texto oficial

Art. 3° Se autoriza al Presidente de la República para que pueda vender en subasta pública los terrenos fiscales no comprendidos en las tres leguas del radio que señala el artículo 1.° a los que pretendieren cultivarlos i darles riego".