Saltar al contenido

Artículo 41 del Decreto 28

Aprueba reglamento sobre gestión energética de los consumidores con capacidad de gestión de energía y de los organismos públicos, a que se refieren los artículos 2° y 5° de la ley n° 21.305

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1181254 / 10365097.

Texto oficial

Artículo 41.- La Superintendencia dejará sin efecto la aprobación de una Empresa Auditora para realizar Auditorías de Comprobación en caso que se constate en los resultados de la Auditoría de Comprobación la entrega de información falsa, incompleta o manifiestamente errónea.