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Artículo 49 del Decreto 28

Aprueba reglamento sobre gestión energética de los consumidores con capacidad de gestión de energía y de los organismos públicos, a que se refieren los artículos 2° y 5° de la ley n° 21.305

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1181254 / 10365106.

Texto oficial

Artículo 49.- La Superintendencia revocará la aprobación de la Empresa Auditora para realizar Auditorías de Verificación en caso que se constate en los resultados de la Auditoría de Verificación la entrega de información falsa, incompleta o manifiestamente errónea.