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Artículo 10 de Resolución 358 EXENTA

Establece instrucción general sobre presentación de reclamos y amparos ante delegaciones presidenciales provinciales y deroga instrucción general n° 1, del consejo para la transparencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1181853 / 10367903.

Texto oficial

Artículo 10. Coordinación con el Consejo y designación de Enlace. Las Delegaciones podrán enviar sus dudas o inquietudes al Consejo para la Transparencia a través de la dirección contacto@consejotransparencia.cl. Se recomienda, además, visitar la sección de preguntas frecuentes y demás documentación del sitio web del Consejo. Para efectos de generar una mejor coordinación y comunicación con la Delegación, esta última deberá designar, a uno o más funcionarios o funcionarias de dicha repartición con el objeto de que operen como su enlace con este Consejo, de conformidad con lo dispuesto en la Instrucción General N° 2 del Consejo para la Transparencia, sobre designación de enlaces, y teniendo presente las comunicaciones que informen sobre el particular, realizadas por este Consejo.".