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Artículo 21 del Decreto 20

Aprueba reglamento de establecimientos de larga estadía para personas mayores (eleam)

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1182129 / 10369525.

Texto oficial

Artículo 21. Personal de aseo y lavandería. Los Establecimientos deberán disponer de auxiliares de servicio encargados(as) del aseo, lavandería y ropería en número suficiente para dar cumplimiento a los requisitos de infraestructura, instalación y funcionamiento referidos en este reglamento.