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Artículo 3º del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija planta de personal del servicio nacional de prevención y respuesta ante desastres y regula la asignación de turno de los artículos 43 y 44 de la ley nº 21.364 y otras materias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1184123 / 10378481.

Texto oficial

Artículo 3º.- El personal señalado en el artículo anterior, será traspasado en la misma calidad jurídica, grado y planta o a aquella a la que se encuentre asimilado, que tenían a la fecha del traspaso, según corresponda. La individualización del personal traspasado se realizará mediante decretos expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.