Texto oficial
Artículo 5°.- Durante los años 2022 y 2023, la Subsecretaría de Educación, previa coordinación entre el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas y la Agencia de Calidad de la Educación, podrá dictar una o más resoluciones, que contengan las medidas necesarias para la correcta aplicación de lo establecido en esta ley.