Saltar al contenido

Artículo 17 del Decreto 435 EXENTO

Aprueba reglamento de administración del fondo de garantía para pequeños y medianos empresarios aplicable a las garantías chile apoya

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186583 / 10388393.

Texto oficial

Artículo 17. Plazo de las Garantías Chile Apoya por cada Financiamiento con Garantías de Garantía Chile Apoya. La vigencia de la Garantía Chile Apoya no podrá extenderse por un plazo mayor a 12 años desde su otorgamiento, sin perjuicio de que el plazo del financiamiento podrá exceder al de la garantía. Si se renegocian deudas caucionadas por las Garantías Chile Apoya, el plazo de vigencia de la garantía se contará desde la fecha de la deuda originalmente garantizada. La renegociación de financiamientos cuya Garantía Chile Apoya haya sido pagada por el Fondo sólo podrá efectuarse en condiciones equitativas previamente acordadas con el Administrador del Fondo y con arreglo a las condiciones generales o especiales que éste determine, las cuales, en su caso, deberán ser informadas a las entidades participantes.