Texto oficial
Artículo 14°. Entrada en Vigencia. El presente
instructivo comenzará a regir a contar de su notificación
por correo electrónico a los liquidadores, sin perjuicio de
su publicación en el Diario Oficial.
Aprueba instructivo que regula las actuaciones de los liquidadores concursales, para el cumplimiento de las obligaciones que les impone la ley nº 21.389, que crea el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar el sistema de pago de las pensiones de alimentos y la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186590 / 10388263.