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Artículo 6° del Decreto 5

Aprueba reglamento que regula la estructura y contenido del sistema integrado de información, seguimiento y monitoreo del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y otras materias que indica, según lo previsto en el artículo 31 de la ley n° 21.302

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186659 / 10388788.

Texto oficial

Artículo 6°.- Unidad mínima de registro, análisis, monitoreo y seguimiento. La unidad mínima de registro del Sistema, la constituirán los datos personales de cada niño, niña y adolescente sujeto de atención del Servicio, quienes deberán estar asociados a un grupo familiar, en los casos que corresponda.