Texto oficial
Artículo 29.- Durante el año 2022, el componente
variable del bono de desempeño laboral establecido en el
Párrafo 3° del Título III de la ley Nº21.109 será
determinado de acuerdo al grado de cumplimiento del
"indicador general de evaluación" establecido en el
artículo 29 de la ley Nº21.196, considerando las variables
y porcentajes de cumplimiento señalados en el inciso
segundo de dicho artículo. Con todo, el pago de dicho
componente se realizará conforme al inciso quinto del
artículo 50 de la ley Nº21.109.
Durante el año 2022, otórgase a los asistentes de la
educación que se desempeñen en los establecimientos de
educación parvularia financiados por la Junta Nacional de
Jardines Infantiles vía transferencia de fondos,
dependientes de un servicio local de educación pública o
dependientes de un Departamento de Administración de
Educación Municipal, Dirección de Educación Municipal o
Corporación Municipal de Educación, el bono a que se
refiere el artículo 50 de la ley Nº21.109, según lo
dispuesto en el inciso anterior.
Sin perjuicio de lo señalado en el inciso segundo, la
variable Resultados controlados, por índice de
vulnerabilidad escolar, del Sistema de Medición de la
Calidad de la Educación (SIMCE) por establecimiento a que
alude el inciso tercero, literal d) del artículo 50 de la
ley Nº21.109, se considerará cumplida en su porcentaje
máximo, por los asistentes de la educación que se
desempeñen en establecimientos de educación parvularia
financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles
vía transferencia de fondos, dependientes de un servicio
local de educación pública.
Para el año 2022, los beneficiarios del bono de
desempeño laboral serán determinados en el mes de
diciembre de ese año, mediante resolución de la
Subsecretaría de Educación y la Subsecretaría de
Educación Parvularia, según corresponda.
El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de
este artículo se financiará con el presupuesto del
Ministerio de Educación y en lo que falte con cargo a la
Partida Presupuestaria del Tesoro Público.