Texto oficial
Artículo 15.- De la atención de salud. Para efectos de lo dispuesto en la ley N° 21.375 y el presente reglamento la atención de salud consistirá en el cuidado integral de la persona, orientado a aliviar dentro de lo posible, padecimientos asociados a una enfermedad terminal o grave, de acuerdo a todos los reglamentos y normas técnicas del Ministerio.