Texto oficial
Artículo 12.- De la ausencia o impedimento de el o de la presidenta. En caso de ausencia o impedimento, el o la presidenta será reemplazada por el o la funcionaria que le subrogue en el cargo que desempeñe.
Aprueba reglamento que determina la integración y funcionamiento de las mesas de articulación interinstitucional de la oferta dirigida a niños, niñas y adolescentes, según lo previsto en la letra i) del artículo 66 de la ley n°21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187903 / 10399063.