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Artículo 14 del Decreto 12

Aprueba reglamento que determina la integración y funcionamiento de las mesas de articulación interinstitucional de la oferta dirigida a niños, niñas y adolescentes, según lo previsto en la letra i) del artículo 66 de la ley n°21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187903 / 10399066.

Texto oficial

Artículo 14.- Deber de confidencialidad y reserva. Los integrantes y los invitados de las Mesas deberán guardar y asegurar la confidencialidad de toda la información y documentos de que tomen conocimiento con ocasión de sus respectivas labores y que contenga datos personales sensibles, especialmente aquellos de niños, niñas y adolescentes, según lo dispuesto en las leyes N°21.430, N°21.302 y N°19.628, sobre protección de la vida privada.