Texto oficial
Tercero: El funcionamiento especial regulado en los acuerdos primero y segundo tendrá una duración máxima de un año, la que se podrá prorrogar por solo una vez por el mismo período, sin necesidad de una nueva declaración.
Auto acordado nº 26/2022 sobre funcionamiento excepcional del tribunal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1188186 / 10401242.