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Artículo 9 de la Ley 21.531 · Crea ley de fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos

Crea ley de fibromialgia y dolores crónicos no oncológicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1188919 / 10406440.

Texto oficial

Artículo 9.- Investigación. El Estado, a través del Ministerio de Ciencias, Tecnología, Conocimiento e Innovación, promoverá e incentivará la investigación intersectorial tanto en ciencias básicas, aspectos clínicos y terapéutica de la enfermedad, y dará la oportunidad de concursar e interactuar, tanto a proyectos de medicina tradicional como a la medicina complementaria que cumpla con los altos estándares definidos por los principios básicos de la investigación en humanos, para efectos de contribuir al diagnóstico y tratamiento de la fibromialgia, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 letra b) de la ley N° 21.105. El Estado podrá firmar convenios de colaboración con instituciones de enseñanza superior estatal y privada a fin de promover la investigación sobre diagnóstico y tratamientos, farmacológicos y no farmacológicos, respecto de la fibromialgia y dolor crónico no oncológico, y entregar becas a profesionales del área de salud y especializaciones que tengan por objeto su estudio.