Saltar al contenido

Artículo 9° de la Ley 21.543 · Crea un fondo de garantías especiales

Crea un fondo de garantías especiales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1188952 / 10406728.

Texto oficial

Artículo 9°.- Corresponderá a la Comisión para el Mercado Financiero la fiscalización del Fondo. Éste no quedará sujeto a las normas de Administración Financiera del Estado ni a las demás disposiciones aplicables al sector público.