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Artículo 7º del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Decreto con fuerza de ley para el resguardo de las áreas de zonas fronterizas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1189483 / 10410004.

Texto oficial

Artículo 7º.- Actuación en caso de ingreso o egreso por paso no habilitado. Las Fuerzas que, en el ejercicio de las atribuciones reguladas en este decreto con fuerza de ley, sorprendieren a una persona ingresando o egresando del territorio nacional por un paso no habilitado procederán en los términos del inciso final del artículo precedente.