Texto oficial
Artículo 3.- Sustitúyense en el inciso tercero del artículo 114 de la ley N° 18.290, de Tránsito, los términos "incisos quinto, sexto, séptimo y octavo", por la expresión "incisos sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo".
Establece un sitio electrónico unificado de tarifas y peajes correspondientes al uso de distintas autopistas y consagra un beneficio para los usuarios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1190824 / 10419214.