Texto oficial
Artículo 24.- Intercálase en el inciso final del
artículo 20 de la ley N° 18.287, que establece
procedimiento ante los juzgados de policía local, entre la
expresión "Ley de Tránsito" y el punto final, la siguiente
frase: ", ni en aquellas detectadas por la red de
dispositivos de registro de infracciones".