Texto oficial
Artículo 26.- Un reglamento expedido por el Ministerio
de Transportes y Telecomunicaciones determinará su
estructura organizativa interna, de conformidad con lo
dispuesto en la ley Nº 18.575, orgánica constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el
decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la
República, con sujeción a la planta de personal y la
dotación máxima, y determinará las denominaciones y
funciones que correspondan a cada una de las unidades
establecidas para el cumplimiento de las funciones que le
sean asignadas.