Texto oficial
Sexto. Establézcase para el desempeño del trabajo
remoto, en los casos excepcionales dispuestos y autorizados
en la presente resolución, lo siguiente:
Para efectos de garantizar el derecho de desconexión y
conciliación de la vida personal, familiar y laboral, se
deja establecido que el periodo durante el cual las personas
que desempeñan trabajo de manera remota en la
Subsecretaría de las Culturas y las Artes deberán
encontrarse disponibles para sus jefaturas, autoridades,
pares y distintas áreas de la institución, en un rango
horario de 9 horas de lunes a jueves y de 8 horas los días
viernes, según el horario de entrada flexible establecido
en la presente resolución.
Dentro de dicho rango horario podrán las respectivas
jefaturas coordinar, con sus equipos de trabajo, todas
aquellas materias propias del cumplimiento de sus funciones
y, acorde lo dispuesto en el artículo 64 del Estatuto
Administrativo, será la jefatura directa la encargada
controlar, de manera permanente, equitativa y ecuánime, el
correcto desempeño de la función pública por parte del
personal de su dependencia sujeto al sistema de trabajo
remoto, a través del establecimiento de estándares y
mecanismos de control que aseguren la calidad, eficiencia y
eficacia en el desempeño de las tareas asignadas, así como
la oportunidad en su entrega.
En este orden de ideas, será responsabilidad de la
jefatura mantener comunicación constante con las personas
que trabajen de manera remota bajo su dependencia, a través
de las herramientas informáticas dispuestas para tales
efectos.
Asimismo, deberán realizarse reuniones periódicas de
coordinación, de carácter semanal y de retroalimentación,
estas últimas a lo menos de carácter mensual, en las
cuales tanto la jefatura como quienes trabajen de manera
telemática puedan evaluar los niveles de cumplimiento de
desempeño individual y colectivo y todo otro aspecto
operativo, que pudiera tener incidencia en los niveles de
producción, de desempeño, calidad de vida laboral y
conciliación con la vida familiar y personal del equipo de
trabajo.