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Artículo 18 del Decreto 12

Aprueba reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192244 / 10431545.

Texto oficial

Artículo 18. Una misma persona natural o jurídica podrá desempeñar los roles del OPC, PSE y Proveedor de itinerancia, siempre que se respeten las obligaciones que el presente reglamento establece para cada uno de ellos.