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Artículo 17 del Decreto 12

Aprueba reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1192244 / 10431544.

Texto oficial

Artículo 17. Los PSE serán quienes entreguen el Servicio de carga de VE. La entrega del Servicio de carga de VE deberá realizarse sin discriminación arbitraria a los Usuarios VE, conforme a las condiciones informadas en la plataforma de interoperabilidad de acuerdo al presente reglamento.