Texto oficial
Artículo 22: Dentro de los 90 días siguientes a la publicación del documento con las observaciones recibidas, el Ministerio deberá publicar en su sitio web la propuesta de Plan Nacional de Eficiencia Energética, habiéndose incorporado las observaciones que fueren procedentes. Junto con lo anterior, el Ministerio deberá publicar un documento que sintetice el análisis de las observaciones recibidas.