Texto oficial
Artículo 10°. Tramitación de Propuesta de Jueces, Consejeros Técnicos y Funcionarios ante la Corte de Apelaciones. La propuesta y nómina de los Comités de Jueces referidas en los artículos 7 y 8 que anteceden, deberá ser presentada al Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago a más tardar el 30 de octubre de cada año. La aprobación del Sr. Presidente de los jueces preferentes y de los consejeros técnicos y administrativos de actas preferentes, se hará a más tardar el día 2 de diciembre de cada año, debiendo estar tramitadas las respectivas comisiones de servicio el día 31 de diciembre del año respectivo, a efectos de que el Centro de Medidas Cautelares programe adecuadamente los ausentismos propios de la solicitud de feriados durante el periodo estival.
El Presidente de la Corte de Apelaciones, de oficio o previa solicitud, procederá a designar sin más trámite al juez, consejero o funcionario que se desempeñará en Centro de Medidas Cautelares para el año siguiente, cuando los tribunales no hayan comunicado las nóminas en los plazos señalados.