Texto oficial
Artículo 19°. Dependencias: El Centro de Medidas Cautelares desarrollará su trabajo en los pisos 2° y 11° del edificio en que funcionan los Juzgados de Familia de Santiago.
Se excluye de estas dependencias toda otra función o funcionarios ajenos a los indicados en este instrumento.
Atendido el número de jueces que integran el Centro de Medidas Cautelares, los cuatro Tribunales de Familia de Santiago deberán destinar a uso del Centro, una sala de audiencia cada uno, las que pasarán a ser gestionadas por el Administrador del Centro.