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Artículo PRIMERO de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre nombramientos y cese de funciones de equipos de ministros y de presidencia del tribunal constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1193250 / 10437151.

Texto oficial

Artículo Primero. Los cargos de Secretaria/o y Abogada/o Asistente de Ministra/o del Tribunal Constitucional tienen como finalidad asistir directamente a la Ministra/o respectivo en el ejercicio de sus funciones mientras ejerce el cargo y para el mejor desempeño de sus funciones. Por su parte, el/la Jefe/a de Gabinete y la/el Secretaria/o de Presidencia, son quienes colaborarán con la Ministra o Ministro que asuma el cargo de Presidenta/e del Tribunal y se mantendrán en dicha función por el periodo que desempeñe su mandato.