Texto oficial
Artículo 3°.- Terminando un anteproyecto, la
Dirección de Riego citará a los interesados por medio de
un aviso que se publicará simultáneamente en el Diario
Oficial, en un diario de circulación nacional y en un
diario o periódico local de Provincia o Región que abarque
la obra. El aviso indicará, a lo menos, el lugar, fecha y
hora en que se dará a conocer el anteproyecto, y la forma,
y plazo administrativo, que no podrá ser inferior a un mes,
en que podrán formular observaciones y hacer valer sus
derechos.