Texto oficial
Artículo 1°. Objeto. El presente auto acordado otorga y regula la facultad de las personas indicadas en el artículo 2°, que sean padres, madres o tutores legales, de niños, niñas y adolescentes diagnosticados con trastorno del espectro autista, para salir del lugar en el que ejercen funciones y concurrir a las emergencias que afecten a estos últimos en sus respectivos establecimientos educacionales donde cursan su enseñanza parvularia, básica o media.