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Artículo 22 de la Ley 21.592 · Establece un estatuto de protección en favor del denunciante

Establece un estatuto de protección en favor del denunciante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1195215 / 10450847.

Texto oficial

Artículo 22.- Intercálase en el inciso tercero del artículo 485 del Código del Trabajo, entre las frases "represalias ejercidas en contra de trabajadores" y "por el ejercicio", la siguiente expresión: "por la interposición de denuncias o".