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Artículo 5° del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija planta de personal de los estamentos que indica del servicio nacional de reinserción social juvenil, y regula otras materias a que se refiere el artículo tercero transitorio de la ley n° 21.527

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1195451 / 10453771.

Texto oficial

Artículo 5°. Determínase que la fecha de entrada en vigencia de las plantas señaladas en el artículo 1° será a contar de la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley en el Diario Oficial, salvo los cargos de dichas plantas que a continuación se indican, los cuales comenzarán a regir a contar de las siguientes fechas: Planta de Profesionales: Planta de Técnicos: Planta de Administrativos: Planta de Auxiliares: