Saltar al contenido

Artículo 91 de la Ley 21.600

Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1195666 / 10455558.

Texto oficial

Artículo 91.- Otros permisos o autorizaciones. La adjudicación de la concesión no liberará al concesionario de la obligación de obtener todos los permisos o autorizaciones que, conforme a la legislación vigente, sean necesarios para el desarrollo del proyecto.