Texto oficial
Artículo 96.- Fiscalización de la concesión o
permiso. El Servicio tendrá la atribución de verificar,
fiscalizar y exigir el cumplimiento de todas las
obligaciones establecidas en el contrato de concesión o del
permiso, sin perjuicio de las demás atribuciones que le
correspondan de conformidad a la ley.