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Artículo 3 de la Ley 21.604

Autoriza única y excepcionalmente el tránsito de los vehículos oficiales de los xix juegos panamericanos y vii parapanamericanos santiago 2023 dentro del país

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1195866 / 10457178.

Texto oficial

Artículo 3.- Los vehículos a los cuales se conceda la autorización prevista en el artículo 1 sólo podrán ser vehículos nuevos, no inscritos previamente en el Registro de Vehículos Motorizados que dispone el Título XVIII de la Ley de Tránsito.