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Artículo 3 de la Ley 21.611

Autoriza la circulación de vehículos que participarán en el rally wrc 2023 en la región del biobío

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1196099 / 10458427.

Texto oficial

Artículo 3.- Los vehículos a los cuales se conceda la autorización prevista en el artículo 1 sólo podrán ser vehículos nuevos, no inscritos previamente en el Registro de Vehículos Motorizados que dispone el Título III de la Ley de Tránsito.