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Artículo 5 de la Ley 21.597

Modifica y prorroga la vigencia de la ley nº18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1196266 / 10459250.

Texto oficial

Artículo 5.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 1.172, de 1975, que crea la Comisión Nacional de Riego, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 7, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción: a) Reemplázase en la letra a) del artículo 2° la expresión "y el Ministro de Planificación y Cooperación" por "; el Ministro de Desarrollo Social y Familia, y el Ministro del Medio Ambiente". b) Sustitúyese en la letra b) del artículo 2° las expresiones "Secretaría Ejecutiva" por "Dirección Ejecutiva" y "Secretario Ejecutivo" por "Director Ejecutivo". c) Reemplázase en la letra c) del artículo 3º la expresión "sobre estudios o proyectos integrales de riego", por el siguiente texto: "para la elaboración de estudios integrales de riego, diseño y ejecución de proyectos de riego o drenaje y sus obras anexas en beneficio de pequeños agricultores u organizaciones de usuarios de aguas con mayoría de pequeños agricultores que puedan ser postulados a los beneficios de la ley N°